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lunes, 5 de abril de 2010

El Comisario Almunia y el procedimiento europeo de competencia

Como es conocido, el nuevo Comisario competente en materia de Competencia es el español Joaquín Almunia. El pasado 15 de marzo de 2010 visitó la sede de nuestra Comisión Nacional de la Competencia. En su intervención titulada “Los nuevos retos de la política de competencia de la UE” hizo referencia a las cuestiones procedimentales, que como expuse en una anterior entrada, han sido largamente debatidas en los últimos meses y que algunas opiniones pretenden revisar. La posición apuntada por el Comisario Almunia parte de la asunción de que el procedimiento comunitario en esta materia cumple con las garantías del proceso debido, si bien expresó su disposición a analizar cualquier medida de mejora de las garantías. Transcribo los párrafos correspondientes del texto escrito de su intervención:


“Finalmente, quiero hacer una referencia al procedimiento. Ya he señalado mi determinación por hacer cumplir las normas europeas de competencia de manera rigurosa. De la misma forma, considero de gran importancia que esta labor se desarrolle con pleno respeto de los procedimientos así como de los derechos de la defensa –lo que los anglosajones denominan “due process”-, teniendo en cuenta siempre el interés general de la economía y el de los ciudadanos. La política de competencia será justa en la medida en que sea firme, sin ceder ante posibles presiones basadas en intereses particulares, y sin aceptar tratos de favor, por poderosos que sean los destinatarios de nuestras decisiones.

En este sentido, uno de los méritos de nuestro sistema es el deber de motivación de las decisiones. Ello permite una tutela judicial efectiva por parte de los Tribunales Comunitarios, a iniciativa de las propias empresas y de los Estados Miembros, pero también de aquellos terceros con un interés legítimo en tales decisiones. Este deber de motivación distingue a la Comisión de otras autoridades que, si bien en teoría tienen la obligación de presentar sus casos ante un Tribunal, en la práctica resuelven la gran mayoría de sus expedientes a puerta cerrada. Por el contrario, no creo que sea exagerado afirmar que, en la actualidad, nadie considera "cerrado" un caso instruido por la Comisión hasta que los Tribunales de Luxemburgo no se hayan pronunciado al respecto.

Siempre estaré dispuesto a escuchar críticas constructivas y a mejorar nuestras reglas de funcionamiento para aumentar su transparencia. No obstante, estoy convencido de que los procedimientos de la Comisión ofrecen a las empresas investigadas las debidas garantías y cautelas”.

Madrid, 5 de abril de 2010